ENCUENTROS CIUDADANOS. Son
la oportunidad para que la comunidad, en dialogo con las autoridades y
la instancia de planeación local, defina los planes y programas de
interés público en su respectivo sector para ser tenidos en cuenta en la
elaboración del plan de desarrollo local.
A estos encuentros podrán concurrir, previa
inscripción sin discriminación alguna, los residentes en el sector en
que se realicen, y todas las propuestas deberán ser recogidas para su
estudio y evaluación. Para el efecto, la secretaría técnica del consejo
pondrá a disposición de los habitantes los formatos que faciliten la
correcta expresión de sus inquietudes y dispondrá los mecanismos para
orientar su diligenciamiento.
(ART 13del acuerdo 12 año 2000. )

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